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Qué hacer si te enfrentas a una herencia sin testamento en Mallorca

Cuando un familiar fallece sin haber hecho testamento, la familia se encuentra con una herencia sin testamento y con dos preguntas inmediatas: quién hereda y por dónde se empieza. En Mallorca, además, la respuesta no es exactamente la misma que en el resto de España.

En Gestoría Christian Sánchez acompañamos a familias de Marratxí y Palma en este trámite con frecuencia. El caso más habitual es el del piso de los padres, unas cuentas bancarias y nadie que sepa con certeza si llegó a firmarse un testamento.

La sucesión sin testamento, también llamada intestada o abintestato, se rige por el Código Civil. Pero si el fallecido tenía vecindad civil mallorquina, la Compilación de Derecho Civil de las Illes Balears introduce cambios importantes, sobre todo para el viudo o la viuda.

En este artículo te explicamos quién hereda sin testamento en Mallorca, qué le corresponde al cónyuge, qué pasos hay que seguir y qué impuestos y plazos tienes por delante.

Qué es una herencia sin testamento

Hablamos de herencia intestada cuando el fallecido no dejó testamento ni pacto sucesorio, o cuando el que dejó es nulo o no produce efectos. En ese caso, es la ley la que decide quiénes son los herederos y en qué proporción.

Antes de dar nada por hecho, el primer paso es comprobarlo. El certificado de últimas voluntades indica si la persona otorgó testamento y ante qué notario. Se puede pedir una vez pasados 15 días hábiles desde el fallecimiento, con el certificado de defunción. Muchas familias descubren en este paso un testamento que nadie recordaba.

Quién hereda sin testamento en Mallorca

La ley establece un orden. Cada grupo solo hereda si no hay nadie en el grupo anterior.

1. Hijos y descendientes

Los hijos heredan a partes iguales. Si alguno de ellos falleció antes, sus propios hijos (los nietos del fallecido) ocupan su lugar y se reparten la parte que le habría tocado.

2. Padres y ascendientes

Si no hay descendientes, heredan los padres. A falta de padres, los ascendientes más próximos.

3. El cónyuge viudo o la pareja estable

Si no hay descendientes ni ascendientes, el cónyuge hereda todo en plena propiedad, siempre que no estuviera separado legalmente. En Baleares, la pareja estable inscrita en el registro autonómico tiene los mismos derechos sucesorios que el cónyuge.

4. Hermanos y sobrinos

A falta de los anteriores, heredan los hermanos. Si alguno ha fallecido, sus hijos (los sobrinos) ocupan su lugar.

5. Otros parientes hasta el cuarto grado

Si no hay hermanos ni sobrinos, la herencia pasa a otros parientes colaterales hasta el cuarto grado, como tíos o primos hermanos.

6. Las administraciones de Baleares

Si no queda ningún pariente con derecho a heredar, en Mallorca no hereda el Estado. Heredan conjuntamente el ayuntamiento de la última residencia del fallecido y el Consell de Mallorca, a partes iguales, y deben destinar los bienes a fines sociales, educativos o culturales. La herencia se entiende aceptada a beneficio de inventario.

Los derechos del viudo en Mallorca: la gran diferencia

Aquí es donde Mallorca se separa del resto de España. Cuando el viudo o la viuda concurre con los hijos, la Compilación balear le reconoce el usufructo de la mitad de la herencia, frente al usufructo de un tercio que prevé el Código Civil. Si concurre con los padres del fallecido, el usufructo es de dos tercios.

Este derecho lo pierde el cónyuge separado legalmente o si ya se habían iniciado los trámites de separación o divorcio. La simple separación de hecho no se lo quita.

Situación familiarQuién heredaQué recibe el viudo o la viuda en Mallorca
Hay hijosLos hijos, a partes igualesUsufructo de la mitad de la herencia
No hay hijos, pero viven los padresLos padresUsufructo de dos tercios de la herencia
No hay hijos ni ascendientesEl cónyuge o la pareja estableToda la herencia en plena propiedad
No hay cónyuge, hijos ni ascendientesHermanos y sobrinos–
No hay parientes hasta el cuarto gradoAyuntamiento y Consell de Mallorca, a partes iguales–

En la práctica, los herederos pueden acordar con el viudo pagarle ese usufructo de otra forma, por ejemplo con dinero o con otros bienes, para que la vivienda quede libre. Si quieres entender bien cómo funciona este derecho, te lo explicamos en nuestro artículo sobre qué es el usufructo vitalicio.

Hay otra particularidad mallorquina: la definición, un pacto por el que un hijo renuncia en vida a sus derechos sobre la herencia de sus padres a cambio de algo que ya ha recibido. Si la renuncia se limitó a la legítima, ese hijo sigue siendo llamado como heredero sin testamento. Si fue total, no hereda, pero sí pueden heredar sus descendientes.

Pasos para tramitar una herencia sin testamento

1. Certificado de defunción y de últimas voluntades

Son los dos documentos de partida. El segundo confirma que no hay testamento y es imprescindible para el paso siguiente.

2. Declaración de herederos ante notario

Sin testamento, alguien tiene que declarar oficialmente quiénes son los herederos. Desde 2015, la declaración de herederos abintestato se hace ante notario cuando heredan familiares, también si son hermanos o sobrinos. Normalmente hay que aportar el DNI, el certificado de defunción, el de últimas voluntades, los documentos que acrediten el parentesco (libro de familia o certificados de nacimiento y matrimonio) y comparecer con dos testigos que conocieran al fallecido.

3. Inventario de bienes y deudas

Cuentas bancarias, inmuebles (con su nota simple del Registro de la Propiedad), vehículos, seguros y también las deudas. Sin un inventario completo no se puede decidir bien si aceptar la herencia ni cómo repartirla.

4. Aceptación y reparto en escritura pública

Los herederos firman ante notario la escritura de aceptación y adjudicación de la herencia. El reparto necesita el acuerdo de todos. Cuando no lo hay, sobre todo entre hermanos, las opciones cambian; lo explicamos en nuestra guía sobre la herencia entre hermanos.

5. Impuesto de Sucesiones y plusvalía municipal

El Impuesto de Sucesiones se presenta ante la Agència Tributària de les Illes Balears en un plazo de 6 meses desde el fallecimiento, prorrogable otros 6 si lo pides dentro de los cinco primeros. En Baleares, hijos, nietos, padres y cónyuge tienen una bonificación del 100 % en la cuota si cumplen los requisitos, pero la declaración hay que presentarla igualmente. Hermanos y sobrinos tributan bastante más. Lo detallamos en nuestro artículo sobre el Impuesto de Sucesiones en Baleares.

Si la herencia incluye un inmueble urbano, también hay que liquidar la plusvalía municipal en el ayuntamiento donde esté. Te contamos cómo funciona en Palma y Marratxí en nuestra guía sobre la plusvalía municipal en Palma y Marratxí.

6. Cambios de titularidad

Con la escritura y los impuestos presentados, se inscriben los inmuebles en el Registro de la Propiedad, se cambian las cuentas bancarias y, si hay coches o motos, se tramita la transferencia del vehículo a nombre de los herederos.

Aceptar o renunciar a una herencia sin testamento

Nadie está obligado a aceptar una herencia. Puedes aceptarla de forma pura y simple, aceptarla a beneficio de inventario (para no responder de las deudas con tu propio patrimonio) o renunciar a ella ante notario.

Si sospechas que el fallecido tenía deudas, conviene revisarlo antes de firmar nada. Te explicamos las opciones en nuestro artículo sobre la herencia con deudas.

Errores habituales en una herencia sin testamento

  • Dar por hecho que no hay testamento sin pedir el certificado de últimas voluntades.
  • Repartir según lo que el fallecido “quería”. Sin testamento, lo que cuenta es lo que dice la ley.
  • Olvidar el usufructo del viudo, que en Mallorca es más amplio que en el resto de España.
  • Dejar pasar los 6 meses del Impuesto de Sucesiones mientras se pone de acuerdo la familia.
  • Vender o usar bienes de la herencia antes de tener la declaración de herederos y la escritura.

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Cuéntanos tu caso y te explicamos qué pasos te tocan y en qué orden.

Preguntas frecuentes sobre la herencia sin testamento en Mallorca

¿Quién hereda si no hay testamento ni hijos?

Heredan los padres o, a falta de ellos, los ascendientes más próximos. Si tampoco hay ascendientes, hereda el cónyuge o la pareja estable inscrita. En Mallorca, si el viudo concurre con los padres, tiene derecho al usufructo de dos tercios de la herencia.

¿Qué le corresponde a la viuda en Mallorca si hay hijos?

El usufructo de la mitad de la herencia. La propiedad pasa a los hijos, que se la reparten a partes iguales.

¿Cómo se reparte una herencia sin testamento entre hermanos?

Los hermanos heredan a partes iguales. Si concurren hermanos de padre y madre con medio hermanos, estos reciben la mitad de lo que reciben los primeros. Los hijos de un hermano fallecido ocupan su lugar.

¿Hace falta ir al juzgado para tramitar una herencia sin testamento?

No, en la mayoría de los casos. La declaración de herederos se hace ante notario cuando heredan familiares. El juzgado solo entra si hay conflicto entre herederos que no se resuelve de mutuo acuerdo.

¿Qué plazo hay para pagar el Impuesto de Sucesiones?

Seis meses desde el fallecimiento, con posibilidad de pedir una prórroga de otros seis dentro de los cinco primeros meses.

¿Qué pasa si no hay ningún familiar con derecho a heredar?

En Mallorca, la herencia pasa a partes iguales al ayuntamiento de la última residencia del fallecido y al Consell de Mallorca, que deben destinarla a fines sociales, educativos o culturales.

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